Inversión extranjera: proyecto considera crear Comité de Ministros y consejo consultivo

Feb 2, 2015

Invariabilidad tributaria durará un máximo de cuatro años, con una tasa máxima de 44,4% para los foráneos.

(Diario Financiero) Con la firma del vicepresidente de la República Rodrigo Peñailillo, La Moneda envió al Congreso el proyecto de ley que establece una nueva institucionalidad en materia de fomento y promoción de la inversión extranjera directa en Chile.

La nueva institucionalidad estará conformada por un Comité de Ministros que asesorará al presidente de la República en la formulación de políticas y por una Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera, acorde a los estándares de la OCDE, que las implementará.

Así, la iniciativa da cumplimiento al compromiso adquirido en la tramitación de la reforma tributaria, de ingresar a trámite legislativo esta institucionalidad a más tardar el 31 de enero de este año.

El texto se basó en las propuestas de la Comisión Asesora Presidencial, que entregó su informe final el 13 de enero, y debe promulgarse este año para reemplazar al Decreto Ley (DL) 600 que será derogado a partir del 1 de enero de 2016.

Nuevo marco institucional

El Comité de Ministros será presidido por el titular de Economía y estará integrado por el ministro de Hacienda y los demás secretarios de Estado que con carácter permanente nombre la Presidencia.

La nueva Agencia -que en un principio formó parte de las medidas de la Agenda de Productividad, Innovación y Crecimiento- será la sucesora del Comité de Inversiones Extranjeras (CIE) y se enfocará en la promoción de inversión extranjera hacia sectores estratégicos o hacia aquellos que carecen de inversión debido a fallas de mercado.

Contará con las facultades que le permitan ser la entidad coordinadora de los esfuerzos por atraer inversión a Chile. El director del servicio será nombrado mediante el sistema de Alta Dirección Pública (ADP).

Entre sus facultades destaca la posibilidad de crear un Consejo Asesor Consultivo, al que se incorporan representantes del sector privado que aporten al mejor desarrollo de su función.

Asimismo, el proyecto de ley reconoce a los inversionistas extranjeros la garantía de acceso al mercado cambiario formal y a la repatriación de capital y utilidades, con pleno resguardo de las facultades que le competen al Banco Central de Chile. También les garantiza la no discriminación arbitraria.

Asimismo, el texto mantiene la exención del impuesto a las ventas y servicios en la importación de bienes de capital que efectúen los inversionistas extranjeros, por sus proyectos acogidos al DL 600. Sin perjuicio de lo anterior, se moderniza y actualiza el procedimiento para acceder a ella. Según el mensaje, esta modificación apunta a promover el desarrollo de grandes proyectos de inversión en Chile, los que por sus características toman largo tiempo, evitándoles incurrir en altos costos financieros en las etapas iniciales.

Invariabilidad excepcional

Para permitir la adaptación de las empresas al cambio del régimen para la inversión extranjera, se establece un derecho excepcional que, por un plazo máximo de cuatro años, los inversionistas extranjeros puedan solicitar autorizaciones de inversión extranjera en los términos del artículo 3° del DL 600, con los derechos y obligaciones que contempla dicho decreto ley, pero con invariabilidad tributaria por una tasa total de 44,45%. Bajo el DL 600 el inversionista extranjero puede optar por un tributo del 42% en vez del Impuesto Adicional de tasa 35%.

El proyecto regula los efectos de los contratos leyes celebrados durante la vigencia del DL 600 para asegurar la plena vigencia de los derechos adquiridos por los inversionistas extranjeros bajo ese régimen legal.

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