Suprema: no se puede reemplazar trabajadores en huelga con personal interno

Dic 5, 2014

De acuerdo con el fallo, el derecho a huelga de los trabajadores a la luz de la legislación nacional e internacional es de carácter irrenunciable y se prohibe cualquier legislación que considere abolirlo.

(La Tercera) La Corte Suprema rechazó un recurso de unificación de jurisprudencia y determinó que las empresas no pueden reemplazar a trabajadores en huelga con personal interno.

En fallo dividido, la Cuarta Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Juan Eduardo Fuentes, Ricardo Blanco, Carlos Cerda y los abogados integrantes Arturo Prado y Raúl Lecaros, decidió rechazar la acción judicial en el juicio por tutela laboral presentada por el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Promolinks S.A. en contra de su empleador por prácticas antisindicales.

La resolución ratificó la sentencia de la Décima Sala Corte de Apelaciones de Santiago, que aplicó una multa de 150 UTM a la empresa por prácticas antisindicales.

De acuerdo con el fallo de la Suprema, el derecho a huelga de los trabajadores a la luz de la legislación nacional e internacional es de carácter irrenunciable y se prohibe cualquier legislación que considere abolirlo.

El fallo se adoptó con el voto en contra de los abogados Prado y Lecaros, quienes estuvieron por acoger el recurso de unificación de jurisprudencia al considerar que las empresas tienen derecho a reemplazar a trabajadores con personal trasladado desde otras dependencias.

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