15 preguntas para entender el Caso Cascadas, las sanciones y qué arriesgan los involucrados

Sep 8, 2014

Fueron 77 operaciones las que el regulador le cuestionó a Julio Ponce Lerou y 10 a LarrainVial. Mientras algunos plantean que la corredora puede ser suspendida, el presidente de la Bolsa de Comercio de Santiago, Juan Andrés Camus, pone paños fríos: "Lo que corresponde es resguardar el debido proceso y esperar la sentencia definitiva". 

(El Mercurio)

¿Cómo justificó Julio Ponce estas operaciones?

Para la defensa de Julio Ponce no hubo tal esquema, sino operaciones totalmente legales. Las explica porque en 2008, con la crisis subprime de Estados Unidos, las distintas sociedades cascada se vieron en dificultades para cumplir sus compromisos financieros con los bancos. Entonces, vendieron acciones que por la misma coyuntura de crisis mundial estaban castigadas en su precio. Como el fin último de la cascada es asegurar el control de SQM, cuando esas acciones estuvieron disponibles en el mercado nuevamente fueron adquiridas por la cascada. Y obviamente fue al precio de mercado de ese momento, más alto que el de 2008. La defensa, por tanto, cuestiona el «precio de mercado» que usa la SVS para calcular el sobreprecio. Asimismo, dado que Ponce es también accionista de las cascadas, se hubiera perjudicado a sí mismo con el supuesto «esquema». Fuentes cercanas al empresario sacan la siguiente cuenta: si las cascadas en global perdieron US$ 300 millones, Ponce como accionista controlador de ellas perdió US$ 150 millones al menos, y la SVS le sindica una ganancia indebida de US$ 128 millones. O sea, por el esquema habría ganado menos que lo que perdió en las cascadas.

¿Qué es una cascada?

SQM es controlada por un grupo de sociedades que están «aguas arriba». A esta cadena se le llama «cascada». Es un sistema lícito y muy utilizado; consiste en una estructura vertical donde una empresa matriz controla una serie de filiales que a su vez participan de otras sociedades «aguas abajo».

En este caso, entre los principales accionistas de SQM destacan Potasios y Pampa Calichera, que en conjunto controlan 26,6% de las acciones. A su vez, los principales dueños de Potasios y Pampa son Nitratos y Oro Blanco, respectivamente, que controlan más del 80% de la propiedad, las cuales a su vez tienen por principal accionista a la sociedad Norte Grande, con aproximadamente el 76% de las acciones. Finalmente, el principal socio de Norte Grande es Inversiones SQYA, cuyo controlador es Julio Ponce Lerou (ver infografía).

¿Qué sancionó la SVS?

La SVS analizó más de un millón de transacciones bursátiles y estableció la existencia de un patrón común y reiterado en el tiempo, al que llamó esquema. Este consistió en una secuencia de compras y ventas de acciones de las sociedades cascada -Norte Grande, Oro Blanco, Pampa Calichera, Potasios- en las que intervienen los involucrados: las sociedades relacionadas (Julio Ponce), vinculadas (Roberto Guzmán Lyon) e instrumentales (Leonidas Vial y Alberto Le Blanc).

En este esquema, según la resolución, estos involucrados son beneficiados (obtienen utilidades) y, en cambio, las sociedades cascada sufren perjuicios económicos y en su interés social. ¿Cómo ocurre esto? Las firmas cascada vendían títulos a las sociedades de los hoy directivos y ejecutivos sancionados y luego recompraba paquetes accionarios a esos mismos involucrados, siempre a un mayor precio. Con esta operatoria se perjudicó a los otros accionistas de las cascadas que no eran partícipes del esquema, minoritarios y AFP. El cálculo de la SVS apunta a que en este esquema las sociedades cascada sufrieron un sobrecosto de US$ 300 millones entre 2009 y 2011. Y en contraste, los involucrados tuvieron utilidades.

¿Cómo justificaron LarrainVial y Leonidas Vial estas operaciones?

En la corredora señalan que el supuesto esquema no pudo haber sido previsto por un corredor de bolsa ni por LarrainVial a partir de transacciones que eran aprobadas por los gobiernos corporativos de las sociedades cascada, e instruidas por sus representantes legales. Menos aún podría deducirse de circunstancias normales de la operación del mercado chileno (remates en un solo lote o la ejecución de órdenes directas).

Apuntan que en las operaciones participaron diversos corredores, por lo que se echa por tierra la imputación de que alguno en particular haya sido parte de un supuesto esquema.

En la entidad sostienen también que los precios de las transacciones intermediadas por LarrainVial fueron de mercado, si se comparan otras operaciones de los mismos títulos hechas por otros corredores en los mismos días, sin diferencias significativas. Y plantean que las transacciones bursátiles realizadas no excluyeron a terceros.

En el caso de Leonidas Vial, la defensa ha planteado que este es un inversionista calificado y está obligado a transar a través de esta corredora.

¿Por qué para algunos sancionados el monto es inferior a la ganancia que calcula la SVS y para otros, mayor?

Según la resolución, Julio Ponce obtuvo una utilidad de US$ 128 millones y una sanción de US$ 70 millones, la mitad del monto ganado indebidamente. A la inversa, Alberto Le Blanc obtuvo ganancias por US$ 3,7 millones y recibió una multa de US$ 4,1 millones, o sea más que lo ganado.

Esto se explica porque la sanción se compone de varios aspectos, como el grado de responsabilidad de la persona en la infracción y el volumen y frecuencia de las operaciones cuestionadas (cantidad de veces y monto involucrado). Pero, aclaran en la SVS, la sanción no busca resarcir la utilidad.

Matías Zegers, profesor de derecho y director del Centro de Gobierno Corporativo UC, añade que la SVS no pudo sancionar todas las operaciones que revisó (y estimó ilícitas), porque algunas de ellas fueron excluidas por la prescripción. El plazo máximo es de cuatro años de antigüedad.

Fernando Medina, economista e investigador del think tank Horizontal, dice que la diferencia entre multas y ganancias es común y pone como ejemplo el caso Farmacias: las multas si bien fueron las más altas en este tipo de prácticas, «fueron bastante más bajas que las ganancias que generó la colusión».

¿Qué operaciones son las sancionadas y de cuánto fue la multa total?

En el detalle, la SVS cuestiona tres tipos de operaciones, a las que llama bursátiles, de financiamiento y sociales (otorgamientos de crédito o divisiones de sociedades). Sumando estos tres tipos, a Julio Ponce le cuestiona un total de 77 operaciones. Y le aplicó una multa de US$ 70 millones. A Leonidas Vial, le cuestiona dos operaciones (pero que en su cuantía son más de US$ 103 millones transados) y le aplicó una multa de US$ 20 millones. A LarrainVial le imputa 10 operaciones y una multa de US$ 8,2 millones. Cercanos dicen que esta corredora obtuvo una comisión de $110 millones en esas transacciones.

¿Es la multa más alta aplicada en Chile?

Sí, es la mayor. Entre todos los involucrados sumó US$ 164 millones. En el caso Chispas fueron por US$ 52 millones.

¿Por qué multas distintas?

De acuerdo con abogados, históricamente el criterio de la SVS al imponer multas era un castigo pecuniario equivalente al daño causado. Pero en este caso, el perjuicio a los accionistas minoritarios de las sociedades cascada se cifró en US$ 300 millones y la multa global ascendió a US$ 164 millones. La sanción más alta fue para Julio Ponce, de US$ 70 millones. El cambio en el criterio se debe -dicen expertos legales- a la cuantía del daño. «Es muy difícil imponer una multa por US$ 300 millones, sobre todo porque los US$ 164 millones ya es muy alta respecto a los precedentes históricos», explica un abogado del equipo defensor de los ejecutivos sancionados.

¿Cuáles son los escenarios para LarrainVial? ¿Puede seguir operando o ser suspendida por la SVS?

«Puede ser revocada la autorización para operar como corredor de bolsa e incluso puede ser suspendida dicha autorización», estima el abogado Matías Zegers. Pero en el mercado no hay consenso. Una cosa es la resolución dictada por la SVS, pero otra son las apelaciones que sigan en tribunales ordinarios los afectados. Si LarrainVial y sus ejecutivos apelan, lo obrado por la SVS será una resolución que no está ejecutoriada, explica un abogado involucrado en el caso.

Fernando Medina matiza y dice que eventualmente LarrainVial podría ser suspendida o sancionada, pero no se tomó este camino pues podría desestabilizar el sistema, provocando efectos colaterales.

¿Qué dice la ley? Según el artículo 36 de la Ley de Valores, «la inscripción de un corredor de bolsa o de un agente de valores podrá ser cancelada o suspendida hasta por el plazo máximo de un año, cuando la superintendencia mediante resolución fundada y previa audiencia del afectado así lo determine». Y en su letra C añade que la referida cancelación o suspensión solo procederá por haber incurrido el corredor o agente en «tomar parte en forma culpable o dolosa en transacciones no compatibles con las sanas prácticas de los mercados de valores». Un jurista explica que la SVS ya optó por otra sanción en su dictamen (la multa), por lo que no puede aplicar otra sanción a las mismas conductas.

¿Cuáles son los caminos judiciales que se abren?

Múltiples: administrativos, civiles, penales, tributarios e incluso un proceso internacional.

En lo administrativo , los sancionados pueden presentar un recurso de reposición administrativa. Pero si apelan, tienen que consignar el pago del 25% de la multa -con un límite de 500 UF- ante la Tesorería General de la República. También hay recursos para evitar o rebajar la multa, por dos vías. Un recurso que se presenta en la Oficina de Distribución de la Corte de Apelaciones o presentar un recurso de ilegalidad de forma directa ante la Corte de Apelaciones de Santiago. Con este se impugna no solo la multa sino todo lo obrado por el ente fiscalizador en forma y fondo.

En lo penal, la Fiscalía Centro Norte, con su Unidad de Delitos de Alta Complejidad (dirigido por el fiscal José Morales) lleva adelante una investigación sin imputados. Pero con el expediente sancionatorio de la SVS puede tener antecedentes para formalizar. Un posible delito adicional a pesquisar sería el lavado de activos.

En una arista del caso, la fiscalía está investigando los cambios en las actas de directorio de Oro Blanco y Pampa Calichera.

En lo civil , los accionistas minoritarios de las cascadas (AFP, compañías de seguros, inversionistas naturales, etc.) pueden demandar por los daños patrimoniales ocasionados con las operaciones sancionadas. AFP Capital ya había presentado una acción legal.

En lo tributario , el Servicio de Impuestos Internos puede sancionar por impuestos no pagados por las ganancias de las transacciones de compra y venta de acciones de las cascadas.

Y en el exterior , la Securities Exchange Comission (SEC) de Estados Unidos investiga operaciones con ADR ligadas al grupo Pampa (que incluye SQM) y compañías estadounidenses que participaron en transacciones escrutadas por la SVS.

¿Arriesgan penas de cárcel todos ellos o algunos de ellos?

Sí. Todas las personas naturales -Julio Ponce, Roberto Guzmán, Aldo Motta, Patricio Contesse, León Vial, Manuel Bulnes, Alberto Le Blanc y Felipe Errázuriz- fueron sancionados por infracción a la Ley de Mercado de Valores, que en lo penal impone castigos con penas aflictivas que van desde los cinco años y un día hasta los 10 años y un día. La sanción sube cuando hay una conducta reiterada, señalan abogados conocedores del caso.

El estándar de prueba en sede penal es más alto que en el proceso administrativo. Uno de los aspectos más difíciles de probar materialmente es la existencia de «dolo», es decir, que se es consciente de la ilicitud.

¿Qué impacto generó este caso en el mercado de capitales?

A nivel de la Bolsa de Comercio y tras el estallido del caso, en septiembre de 2013, surgieron tres grandes propuestas de autorregulación.

Uno llevado a cabo por el Comité de Buenas Prácticas, que encabeza el abogado Enrique Barros. Otra del comité ad hoc creado por la institución, y otra fuente de cambios fueron 24 medidas que en mayo lanzó el presidente de la Bolsa de Comercio, Juan Andrés Camus. Lo planteado por el comité ad hoc fueron resueltas por el directorio de la Bolsa y se tradujeron en una propuesta de reforma a la normativa bursátil, que fueron enviadas a la SVS. «Estamos a la espera de sus comentarios y eventual aprobación», dice Camus. Todas las otras materias están en proceso de construcción. «Esperamos proponerlas al mercado para sus comentarios en los próximos meses. Nuestro objetivo es tener una definición autorregulatoria de estas materias antes de fin de año», agrega. Más allá de las medidas específicas, Camus plantea: «Habrá un cambio en el estándar de cuidado en el trato de los corredores con sus clientes y del manejo de los conflictos de interés. También habrá una modificación del cuidado de los gobiernos corporativos de los corredores de bolsa, así como también en los de las sociedades anónimas abiertas y emisores», agrega.

En cuanto a si el caso traerá cambios regulatorios, hay escepticismo. De haber modificaciones, serían -dice los abogados- en el funcionamiento del mercado bursátil, en concreto, en limitar las órdenes directas, establecer «murallas chinas» entre los intereses del dueño de una corredora y las operaciones de esa misma entidad; y en la responsabilidad de los directores elegidos con votos de los minoritarios, entre otros.

¿Puede la Bolsa de Comercio sancionar a LarrainVial?

El artículo 49 de la misma ley establece que «las bolsas de valores deberán sancionar a sus miembros con expulsión», en casos como indica en su letra B este artículo, «si estos realizan actividades que constituyen violaciones a las disposiciones contenidas en los artículos 52 y 53». Tanto LarrainVial como Manuel Bulnes, Felipe Errázuriz y Leonidas Vial fueron sancionados por el artículo 53 por la SVS. Pero el presidente de la Bolsa, Juan Andrés Camus, pone paños fríos y señala que «los afectados tienen la posibilidad de apelar ante la justicia de estos cargos y multas». Por tanto, quedan posibles instancias judiciales pendientes. «Lo que corresponde es resguardar el debido proceso y esperar la sentencia definitiva».

¿Cuál es el impacto económico en SQM?

SQM no está en riesgo, es una empresa sólida y con proyectos. Como son infracciones que afectan a personas naturales en las sociedades «aguas arriba», ni siquiera implicarán cambios de ejecutivo. Julio Ponce seguirá presidiendo SQM y Patricio Contesse Fica seguirá de director. A mediano plazo los expertos creen que se va producir una pelea por SQM, donde la socia canadiense PCS podría arremeter para arrebatarle a Ponce el control de facto que ejerce en la minera no metálica.

«SQM se basta a sí misma en cuanto a operación. Puede tener un factor de descuento, por la inquietud de qué pasa si hay un cambio de control, pero no está afectada por lo que pase con el controlador per se», dice Matías Zegers.

La quiebra del cartel del potasio en Rusia y la sobreoferta de yodo ha golpeado las utilidades de SQM.

¿Qué va a pasar con los directores de las cascadas? ¿Pueden ser sancionados?

Según la SVS, eventuales sanciones a los directores de las cascadas dependerán de la capacidad de la entidad para investigar y fiscalizar. Ahora viene una arremetida de recursos de reconsideración de parte de los sancionados y la SVS tiene que «cerrar etapas» en la investigación, como resolver sobre sanciones a los otros formulados de cargos, que no fueron sancionados.

Ya han surgido peticiones de salida de los directores sancionados. El jueves el director de Norte Grande, Rodrigo Zegers, pidió la salida de Julio Ponce, Aldo Motta y Patricio Contesse de sus cargos.

Sondeo: 76% respalda acción de la Superintendencia y la mayoría cuestiona prácticas del sistema bursátil. Encuesta aplicada por Generación Empresarial

Un mayoritario respaldo al actuar de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en el caso y el convencimiento de que hace falta más fiscalización de parte del regulador. Ese es el sentir del mundo empresarial chileno, de acuerdo con los resultados que arrojó una encuesta de Generación Empresarial (GE) en torno al caso Cascada.

El sondeo lo aplicó GE a partir del mismo martes 2 de septiembre, cuando se conoció la resolución de la SVS, hasta el viernes. Los encuestados fueron directores, presidentes, vicepresidentes, gerentes generales y altos ejecutivos en general del mercado chileno. Se contabilizaron un total de 200 respuestas.

El 76% de los encuestados estimó que el actuar del regulador fue bueno o muy bueno, mientras el 56% cree que las sanciones son suficientes.

Al consultarles a los encuestados qué medidas creen que deberían adoptarse en el mercado a partir del caso, el 60% menciona una mayor fiscalización por parte del regulador. Otra de las conclusiones apunta a que la mayoría de los encuestados estimó que el caso evidencia que hay prácticas en el sistema bursátil que pueden ser legales, pero son poco éticas y que no permiten igualdad de acceso a todos los clientes. En contraste, solo el 21% estima que las prácticas del mercado son seguras y confiables y que este caso fue un hecho puntual.

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