Empresas de asfaltos rechazan demanda de colusión y grupo Luksic refirma su denuncia

Ago 14, 2014

La Fiscalía Nacional Económica pide multas que en conjunto suman más de US$10,6 millones, y solicita explícitamente exención para la firma Enex, filial de Quiñenco.

(Pulso) Las empresas Asfaltos Chilenos (ACh), Química Latinoamericana (QLa) y Dynal Industrial rechazaron la demanda por colusión que presentó en su contra la Fiscalía Nacional Económica.

El organismo antimonopolio, liderado por Felipe Irarrázabal, tomó conocimiento de la relación entre las compañías luego que Enex -el brazo energético del grupo Luksic y que es la matriz de la cadena Shell en Chile- se acogiera a la delación compensada, es decir, delatara a sus contrapartes para así optar a una nula sanción. Y así se podría dar.

La FNE, en la demanda presentada ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), solicitó multas que en conjunto suman más de US$10,6 millones solicitando explícitamente exención para la firma del grupo Luksic.

“Enex reafirma en este acto su más irrestricto respeto a la normativa de libre competencia y rechaza enérgicamente cualquier conducta contraria a ella, las que no sólo contravienen la legislación vigente, sino que los valores y principios de negocios de Enex, con los que la compañía se encuentra fuertemente comprometida”, dijo la empresa en un escrito presentado al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, que es el que lleva el juicio.

No obstante, la colusión es rechazada por las otras compañías denunciadas, las que apelan a que evidencian magros resultados financieros, los que no se condicen con una actuación conjunta entre empresas.

“Dynal no está en ninguna situación que contenga elementos que facilitan la colusión, sino todo lo contrario. Si otros estuvieran coludidos, los que tienen una verdadera posición dominante, Dynal se encuentra cada vez en más riesgo y en mayores dificultades para continuar desempeñándose en el mercado”, dijo la empresa al TDLC.

Por su parte, Química Latinoamericana señala que al analizarse el requerimiento de la FNE, “se advierte que éste se basa en conjeturas a partir de los hechos contenidos en una delación compensada”. Al respecto, afirma que lo esperable sería que, contando la FNE con la herramienta tal vez más poderosa que le otorga nuestro ordenamiento, la demanda tuviera una contundencia prácticamente irrefutable y que persiguiera una conducta casi incuestionable de colusión.

“Sin embargo, los antecedentes aportados por la FNE en su requerimiento dan cuenta de que, luego de iniciar una investigación a partir de una delación compensada y de escudriñar hasta el más mínimo detalle la forma en que QL lleva a cabo su actividad, la fiscalía sólo fue capaz de hallar la supuesta concertación entre las empresas requeridas para distribuirse una cifra ínfima de licitaciones de obras o proyectos, de las cuales mi representada sólo se adjudicó una en tres años. Este solo antecedente por sí mismo torna poco creíble la existencia de una colusión”, dijo la empresa, que añadió que “incluso en el evento improbable que se estimara que mi representada sí participó en un acuerdo colusorio y que, a consecuencia de ello, sí obtuvo una ventaja patrimonial, resulta evidente que este beneficio obtenido sería ínfimo”.

Asfaltos Chilenos, a su turno, asegura que durante el transcurso del proceso acreditará “que si aceptáramos lo que no ocurrió”, el supuesto acuerdo tampoco ha generado ganancias o utilidades extraordinarias.

Sostiene que la colusión no es una infracción per se, en que baste el concierto, y que para su consumación tampoco basta que el acuerdo tienda o tenga la aptitud causal para producir efectos anticompetitivos, ni que confiera poder de mercado, sino que de hecho debe producirlos, al punto que la prescripción no se cuenta desde el acuerdo, sino desde el cese de los efectos anticompetitivos.

“Para que se configure la infracción el poder debe ejercerse efectivamente”, dijo la empresa.

No obstante, rechaza “categóricamente” haber participado en un acuerdo de reparto de mercado. “Por ende, tampoco ha participado en el reparto de contratos (…) privando a empresas constructoras de la posibilidad de acceder a precios y condiciones competitivas”, remató.

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