Ministerio de Medio Ambiente de Perú: No habrá gradualidad de sanciones en daños graves

Jun 24, 2014

En esos casos la aplicación de la sanción será la más severa

(Andina) El Ministerio del Ambiente precisó que la gradualidad de las sanciones ambientales del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) contempladas en el paquete de medidas para reactivar la economía no será aplicada en los casos de afectación grave al ambiente, la vida y salud de las personas.

«En el paquete de medidas está la gradualidad de las multas (ambientales) pero esto no se aplicará en el caso de afectación grave a la vida y salud de las personas y al ambiente. Por lo tanto, en los daños a ese nivel no hay ninguna gradualidad porque allí el Estado debe ser severo en la aplicación de las normas», dijo a la Agencia Andina el titular del Minam, Manuel Pulgar-Vidal.

De acuerdo al proyecto de ley del Poder Ejecutivo para dinamizar la economía, el cual será debatido este miércoles en el Congreso de la República, se propone que en un plazo de tres años el OEFA privilegie las acciones orientadas a la prevención y corrección de la conducta infractora en materia ambiental.

En ese periodo, el OEFA tramitará procedimientos sancionadores excepcionales, y las sanciones no podrán ser superiores al 35 por ciento de la multa que correspondería aplicar de acuerdo a la metodología de determinación de sanciones.

«No es una reducción de multas sino una aplicación gradual, porque cualquier sistema de multas tiene que intentar establecer las medidas correctivas. La OEFA tiene un reglamento sobre medidas correctivas que tiene por objeto corregir la conducta infractora. En este paquete estamos confirmando lo que la OEFA viene haciendo de manera profesional», comentó.

De esa forma, el ministro consideró que esta medida no significa un cambio para la OEFA porque esta entidad «ya viene aplicando sanciones de manera gradual en función a una tipificación que está contenida en las normas del organismo de fiscalización ambiental».

Agregó que el OEFA tiene un conjunto de 20 normas que establecen una aplicación gradual de las sanciones, lo que permite que al día de hoy la multa ambiental en promedio no exceda las 71 UIT (equivalente a 269,800 nuevos soles).

«Por lo tanto, creemos que la gradualidad es el mecanismo adecuado para actuar, salvo cuando se afecte gravemente la salud, el ambiente o la vida de las personas, pues en esos casos no habrá ninguna excepción a la aplicación de la sanción más severa», anotó.

Remarcó que la OEFA «es una entidad muy profesional y que ha desarrollado un conjunto de acciones para que la aplicación de las multas y sanciones así como la determinación de infracciones esté exenta de cualquier nivel de discresionalidad o arbitrariedad».

Esa gradualidad en las sanciones tampoco se aplicará para actividades que se realicen sin contar con el instrumento de gestión ambiental o la autorización de inicio de operaciones correspondientes, o en zonas prohibidas.

Tampoco se utilizará en casos de reincidencia, entendiéndose por tal la comisión de la misma infracción dentro de un periodo de seis meses desde que quedó firme la resolución que sancionó la primera infracción.

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