Proponen nuevo marco legal para incentivar desarrollo de energía eólica

Sep 25, 2006

El sindicato logró un bono de término de conflicto por $2,3 millones, más un bono por mayor precio del cobre de $1,5 millones y un crédito blando de $1,5 millones.

Frente al creciente interés de empresas nacionales e internacionales por desarrollar proyectos energéticos sobre la base del viento, para que sean una real alternativa para el desarrollo minero, industrial y del país en general, parlamentarios presentaron la opción de un nuevo marco legal que regule la actividad a la Comisión de Minería y Energía del Senado.

Esta iniciativa se sustenta además en la alta demanda por constituir derechos de explotación de energía eólica, especialmente en las regiones del norte del país, como en Atacama, donde existen potenciales inversiones por parte de empresarios españoles.

En este sentido, la moción tiene por objeto establecer un régimen legal que permita contar con una herramienta de mayor eficacia para incentivar el desarrollo de la investigación del potencial eólico en Chile.

La iniciativa fue presentada por los senadores Carlos Bianchi, Antonio Horvath, Alejandro Navarro, Jaime Orpis y Baldo Prokurica y será vista por la Comisión de Minería y Energía del Senado.

Los aspectos principales del texto a tramitar son el establecimiento de una definición legal de energía eólica; crea un sistema de otorgamiento de derechos de energía eólica; queda excluida de esta regulación la generación de energía eólica para uso doméstico; y distingue entre derechos de exploración y explotación de energía eólica.

Además, establece el principio de toda persona natural y jurídica puede solicitar un derecho de energía eólica; otorga al titular del derecho de energía eólica la facultad de utilizar bienes nacionales de uso público para la implementación y desarrollo de las labores de exploración o explotación; y los derechos de exploración tienen menores requisitos y plazos que los establecidos a los derechos de explotación de energía eólica.

También, establece un plazo de dos años de vigencia para los derechos de exploración, prorrogables por otros dos años más, por una vez; establece que los derechos de explotación se otorgan por plazo indefinido; y fija una serie de servidumbres que benefician a los derechos de energía eólica, las cuales tienen por objeto permitir a su titular el desarrollo expedito de actividades de investigación y generación.

Finalmente, el nuevo texto legal establece la obligación del titular de un derecho de energía eólica en cuanto a informar anualmente acerca del avance o desarrollo de la misma; y establece la obligatoriedad de someter al sistema de evaluación de impacto ambiental previsto en la Ley Nº 19.300 todo proyecto de exploración y explotación de energía eólica.

Fuente / MCH

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