Noticia publicada el 05/03/12

Analizan desafíos técnicos del proceso de cierre de faenas

Especialista se refiere a la importancia de la estabilidad física y química de los taludes, desmontes, ripios y estériles, a fin de evitar el Drenaje Ácido de Rocas.

(MINERIA CHILENA) La última década se ha caracterizado por el notable esfuerzo que se ha hecho en materia de investigación científico-tecnológica a fin de reciclar o mitigar los pasivos ambientales generados por la industria minera. Asimismo, el hecho de dar a conocer sus “balances ambientales” como una manera de difundir lo que hacen, haciendo público cuántos recursos humanos y económicos invierten cada año para cumplir con sus metas y demostrar un adecuado comportamiento medioambiental mientras dura la intervención.

Sin embargo, pocos son los casos que esta labor continua una vez que se hace abandono de la faena, garantizando un Plan de Cierre que asegure la estabilidad física y química de los taludes, desmontes, ripios y estériles, a fin de evitar el Drenaje Ácido de Rocas (DAR) en el sitio donde alguna vez se realizaron trabajos de explotación.

El Dr. Ing. Gerardo Zamora Echenique, Director de Postgrado de la Universidad Técnica de Oruro, explica que por Estabilidad Física debemos entender “que incorpore medidas de seguridad y estabilidad ante eventuales derrumbes o desmoronamientos” y por Estabilidad Química “que evite principalmente el drenaje ácido, producido por metales pesados, a cuerpos de agua subterráneos o receptoras”. En este sentido, “una medida de estabilizar la química (Ph) del rajo es inundarlo (en zonas lluviosas), generando así un lago artificial. De esta manera, se mantiene el sulfuro y hay agua en abundancia, pero se suprime el oxígeno”, detalla el especialista.

Según lo señala el Sernageomin, un Plan de Cierre es el documento en el que se determinan las medidas a ser implementadas durante la vida de la operación, con la finalidad de prevenir, minimizar y/o controlar los riesgos y efectos negativos que se pueden generar o continúen presentándose con posterioridad al cese de las operaciones de una faena minera, en la vida e integridad de las personas que se desempeñan en ella, y de aquellas que bajo circunstancias específicas y definidas están ligadas a ella y se encuentren en sus instalaciones e infraestructura.

En el año 1994 empezó a regir la Ley de Bases Generales de Medio Ambiente, con la exigencia de un sistema adecuado de evaluación de los impactos o externalidades, para que empresas e industrias protejan conscientemente los suelos, especies vegetales, animales y sitios de valor cultural o arqueológico de nuestro país.

Fuente / MINERIA CHILENA
Este documento ha sido obtenido desde http://www.mch.cl/