Ingreso de Tianqi a SQM

Jun 11, 2018

Para concretar su fusión con Agrium, Potash Corporation –hoy convertida en Nutrien– está obligada a vender sus acciones en SQM, luego que las autoridades de China e India así lo exigieran. Tianqi, una de las tres grandes empresas productoras de litio del mundo, tiene la mayor probabilidad de quedarse con esta compra –su oferta es […]

Para concretar su fusión con Agrium, Potash Corporation –hoy convertida en Nutrien– está obligada a vender sus acciones en SQM, luego que las autoridades de China e India así lo exigieran. Tianqi, una de las tres grandes empresas productoras de litio del mundo, tiene la mayor probabilidad de quedarse con esta compra –su oferta es superior a la de otras compañías, como Rio Tinto y la china GSR Capital–, en caso que la operación sea autorizada por la autoridad chilena de libre competencia.

La industria del litio está altamente concentrada en tres empresas, que producen cerca del 70% del metal en el mundo: Albemarle, de Estados Unidos, con poco menos de 30% de la producción mundial; la chilena SQM, con 25%; y la china Tianqi, con algo menos de 20%. Dos tercios de la producción mundial (en 2018) se obtiene de sólo dos yacimientos: la mina de Greenbushes en Australia, compartida en partes iguales por Tianqi y Albemarle pero controlada por la primera, y el Salar de Atacama en Chile, donde hay dos operaciones separadas, una de Albemarle y otra de SQM. Por convenio con Corfo estas dos compañías no pueden asociarse para la extracción de litio.

El problema que deben resolver la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de Chile, creados en 2005, es si Tianqi puede comprar las acciones de Nutrien en SQM de acuerdo a la legislación vigente sobre libre competencia en Chile.

Algunas de las prácticas evitadas por esta normativa incluyen la fijación de precios, la limitación de la producción, la asignación de zonas o cuotas de producción, las exportaciones preferentes a determinados compradores, la manipulación de procesos de licitación, la exclusión de actuales o potenciales competidores y, desde luego, la existencia de ejecutivos o directores que sean vasos comunicantes con empresas competidoras relacionadas, efecto también denominado “interlocking”. Un acuerdo entre Tianqi y SQM podría dar lugar a algunas de estas acciones.

Por otro lado, aunque se exija el nombramiento de directores independientes, Tianqi tendría acceso a lo más preciado de SQM, su estrategia de negocios, sus planes de inversión y operación, las oportunidades de crecimiento y muchos otros aspectos. SQM, en cambio, no tendría la información equivalente sobre Tianqi, creándose una situación asimétrica entre dos compañías que son fuertes competidoras entre sí.

Desde la perspectiva de la libre competencia, sería potencialmente más complejo aún que Tianqi lograra el control de SQM, ya que con ello la primera tendría el 57% del mercado, ganaría acceso a la tecnología de SQM y adquiriría poder monopsónico. Éste consiste en la venta a precios inferiores a los de mercado a un solo comprador, por ejemplo, una filial en el extranjero.

Aunque Tianqi no gane el control de SQM, es imposible predecir los conflictos de interés que podrían presentarse entre una empresa de estas características y el país, adicionalmente a los ya mencionados.

Con estos antecedentes a la vista y otros que se puedan agregar, hay que esperar que la FNE elabore sus conclusiones y las presente al Tribunal de Libre Competencia. Es crucial que el caso que exponga y el respectivo fallo sean sólidos y contundentes, de forma que sea aceptado transversalmente en el país.

Finalmente, éste no es un problema entre Chile y China, ni significa un rechazo a las empresas chinas. Es sólo la aplicación de una legislación ampliamente usada en el mundo. De hecho, si el comprador fuese la empresa china GSR Capital, la que no participa actualmente en la producción de litio, la legislación sobre libre competencia posiblemente no encontraría objeción alguna.

Gustavo Lagos

Profesor de Ingeniería de Minería de la Pontificia Universidad Católica.

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