SEA recurrirá a la Corte Suprema por fallo que revirtió permiso ambiental de proyecto Tronaduras de Mina Invierno

Ago 22, 2019

La entidad aseveró que tiene la convicción que la autorización del proyecto se ajustó a la legalidad.

(Pulso) El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) anunció que presentará recursos de casación ante la Corte Suprema en contra del fallo del Tribunal Ambiental de Valdivia, que, por dos votos contra uno, acogió la reclamación interpuesta en contra de la resolución del director ejecutivo de la entidad que calificó favorablemente el proyecto Tronaduras, de Mina Invierno, perteneciente a Empresas Copec, del grupo Angelini, y Ultramar, del grupo Von Appen.

“El Servicio de Evaluación Ambiental tiene la convicción que la evaluación de impacto ambiental del proyecto Incorporación de Tronadura como Método Complementario en la Extracción Mecánica de Material Estéril en Mina Invierno, así como la resolución del recurso de reclamación, se ajustaron a derecho y se pudo comprobar con modelos predictivos y con los informes de los organismos públicos competentes que no habrá afectación significativa al componente paleobotánico, tal y como lo señaló de manera categórica el voto disidente de la sentencia”, señaló el organismo.

En ese sentido, aseveró que “el SEA estima que procede presentar los recursos de casación respectivos, los que se ejercerán con el convencimiento que la evaluación ambiental fue acorde a la legalidad”.

El SEA enfatizó que la dirección ejecutiva aprobó dicho proyecto, ubicado en la Isla Riesgo, en la región de Magallanes, “ya que se dio respuestas fundadas a las observaciones planteadas por la comunidad en el proceso de participación ciudadana y, además, se ratificó la recomendación de calificación ambientalmente favorable del SEA de la Región de Magallanes, de los años 2016 y 2017, que consideró que el proyecto cumplía con todos los requisitos técnicos para ser aprobado de acuerdo con la normativa ambiental aplicable y consideraba una adecuada protección del medio ambiente”.

En paralelo, tras conocerse el fallo, la empresa lamentó la resolución y afirmó que “continuaremos haciendo uso de todas las herramientas legales disponibles, con la convicción de que el trabajo que hemos desarrollado, así como la razón técnica y la labor de las instituciones públicas que han participado del estudio de este proyecto sean reconocidos en las instancias que corresponden”.

La reclamación había sido ingresada por la organización Alerta Riesco que se manifestó en contra del proyecto.

Fallo

La resolución reclamada había acogido un recurso presentado por la empresa en contra de la decisión de la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de Magallanes, que en el año 2018 había rechazado la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto Tronaduras.

El fallo, que confirmó la resolución del 2018 de la COEVA de Magallanes, contó con los votos a favor de los ministros Michael Hantke y Sibel Villalobos, y el voto en contra de Iván Hunter Ampuero.

El voto de mayoría acogió la solicitud de los reclamantes y anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable del proyecto Tronaduras, debido a la falta de información esencial sobre el componente paleobotánico en la evaluación de la DIA, y la posible afectación de dicho patrimonio cultural por las tronaduras.

Según la sentencia, el director ejecutivo del SEA basó su aprobación de la DIA de Tronaduras en la línea base de la RCA del proyecto Mina Invierno, aprobado el año 2011. Sin embargo, dicha RCA no incorporó el componente paleontológico, en circunstancias que durante las faenas de la mina se detectó la presencia piezas fósiles, principalmente plantas.

El voto disidente cuestionó que la reclamación interpuesta ante el Tribunal Ambiental de Valdivia planteó argumentos y aspectos diversos a los observados por los reclamantes durante el proceso de Participación Ciudadana (PAC) del proyecto, lo que a su juicio impediría conocer el fondo de las alegaciones.

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