Mina Invierno defiende tronaduras en Isla Riesco ante TA y pide que se desestime reclamo

Ene 9, 2019

El abogado de la firma, Mario Galindo, afirmó que existe "una prueba técnica de que el componente paleontológico no será afectado según lo requiere la parte demandante.

(Economía y Negocios online) Mina Invierno, firma controlada por Empresas Copec y Ultramar, defendió este martes ante el Tribunal Ambiental de Valdivia las tronaduras controladas autorizadas por el organismo y solicitó el rechazo del reclamo en contra de la minera.

El abogado de la firma, Mario Galindo, afirmó que existe “una prueba técnica de que el componente paleontológico no será afectado según lo requiere la parte demandante. Porque nadie niega que hay un elemento paleo-botánico del cual hacerse cargo”.

En ese sentido, detalló que esa situación provocó la creación de un sistema de resguardo en la minera, el cual se preocupará de cuidar de los restos paleontológicos y botánicos existentes en Isla Riesco. “Esto prueba que el área a intervenir fue evaluada y que los impactos fueron identificados y no habrá nuevos sucesos”, aseguró.

Así, Galindo insistió que lo concreto es que los organismo técnicos visaron el proyecto y dieron luz verde, por eso en diciembre pasado el Tribunal Ambiental levantó la medida cautelar en contra de la minera y autorizó las tronaduras.

[VEA TAMBIÉN: Tribunal Ambiental de Valdivia levanta cautelar contra Mina Invierno y autoriza tronaduras controladas]

El abogado, cuestionó “¿qué hay de nuevo en el expediente?” presentado por la parte reclamante, a lo que aseguró que “yo veo que dentro de las causales se han deducido tres grupos”.

“Hemos escuchado un primer grupo que son las alegaciones respecto a cuestiones ajenas al SEA, al menos en el sistema jurídico chileno”, esto debido a que la alegación asegura que no se hizo una evaluación respecto al cambio climático, situación que de acuerdo a Galindo, “la razón que nos convoca es un informe que se denomina informe en derecho nacional pero que no es un informe en derecho, sino un informe de autores extranjeros, pero no es un informe replicable ni sus conclusiones aplicables en Chile”, añadió el abogado.

En ese sentido, agregó que “en Chile hay poca información disponible al respecto, lo adicional que puedo agregar es que existe un informe respecto al cambio climático y que es un hecho que no se puede evaluar en el SEA porque la ley no lo contempla en cuanto a contenido y el sistema no permite hacer esa evaluación y con eso no decimos que no sea un tema de preocupación y que el Estado no tenga que hacerse cargo”.

Por lo tanto, para Galindo, “la solución no supone ni autoriza que vayamos a sustituir las potestades legislativas y los deberes y obligaciones que el Estado cumplirá”.

“El segundo grupo, es sobre las opiniones o discrepancias con el SEA, respecto a la infracción por no evaluación de impactos acumulativos”, detalló, advirtiendo que “no hay nada que no se haya aportado que no sean las alegaciones de la parte reclamante, lo que es prueba de un vicio de legalidad… no hay antecedentes nuevos, solo opinión”.

“El tercer grupo de alegaciones es la que llamaría argumentos contra informe técnico favorable, a través de un documento presentado por la parte reclamante que no es independiente y que ha sido contradicho por paleontólogos”, afirmó.

El abogado reiteró que se realizarán cuatro tronaduras semanales controladas, de dos segundos, con precisión y baja carga que se concentrarán en materiales que se prefieren fracturar.

Cabe destacar que el pasado 24 de diciembre, el Tribunal Ambiental levantó la medida cautelar que suspendía la autorización para el uso de tronaduras, dado que consideró que “el reclamante no acompañó antecedente alguno que permita contrarrestar en sede cautelar la documental agregada por los oponentes; así como tampoco demostró su falta de verosimilitud de los antecedentes aportados por el titular oponente”.

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