Presidente Piñera promulga Pago a 30 días y plantea que ley «saca un obstáculo» a las pymes

Ene 4, 2019

Entrará en vigencia cuatro meses después de que se publique en el Diario Oficial, lo que ocurriría dentro de dos semanas.

(El Mercurio) «Las personas necesitamos líquido para poder vivir. Las pymes necesitan liquidez para poder vivir, y a eso apunta este proyecto». De esa manera el Presidente Sebastián Piñera resumió ayer los beneficios que conllevará la ley de Pago a 30 días, que promulgó ayer y que busca favorecer a los pequeños y medianos proveedores.

El mandatario, junto al ministro de Economía, José Ramón Valente, en la ceremonia de promulgación resaltó los aspectos más importantes de la nueva normativa legal que, entre otros aspectos, considera el pago de facturas hacia los proveedores en un plazo máximo de 30 días a contar del mes 25 una vez publicada la ley. «Esto saca un obstáculo en el camino del crecimiento, desarrollo e innovación en las pymes», manifestó Piñera.

Por su parte, el ministro Valente planteó que el capital de trabajo y el acceso al financiamiento es lo más importante para las pymes y que con esta ley las pequeñas empresas dedicarán tiempo a su negocio, fomentando la productividad en el país.

La ceremonia de la firma de la nueva ley contó con la presencia de diversos gremios de pymes y emprendedores, además de parlamentarios integrantes de las comisiones de Economía de ambas cámaras.

Pago a 30 días

El plazo máximo de pago será a 30 días corridos desde la recepción de la factura. Los primeros 24 meses de vigencia el período para la cancelación será de 60 días corridos, esto con la idea de que el mercado se ajuste. La nueva ley entrará en vigencia cuatro meses después que se publique en el Diario Oficial. Según estimaciones del Ministerio de Economía, esto debiera ocurrir entre una y dos semanas más.

Sanciones al no pago

Transcurrido el plazo máximo de pago de facturas, se generarán dos tipos de sanciones para las empresas que adquieran productos y servicios que no paguen sus compromisos. Estos serán el cobro de intereses corrientes, que se aplicarán según el monto de la deuda y la cantidad de días en que se extienda el plazo máximo y, además, se aplicará una comisión moratoria que ascenderá al 1% del saldo insoluto.

Extensiones de pago

Excepcionalmente, la ley de pago a 30 días considera que el comprador y el proveedor puedan firmar un acuerdo para extender el plazo de pago, más allá del período máximo.

Entre los requisitos para acceder a esta extensión, se encuentra la firma de un contrato que deberá ser inscrito en un registro que llevará el Ministerio de Economía, en un plazo de cinco días, una vez emitida la factura. En caso de que no se realice el trámite, regirá el plazo máximo, que puede ser de 30 o 60 días, dependiendo del período.

Sector público

El sector público, en general, tendrá las mismas condiciones que los privados, salvo algunas excepciones legales, que se dan en base a licitaciones y contratación directa, en cuyo caso se extenderá a 60 días.

En el caso de las municipalidades y el sector salud, que también tendrán las mismas condiciones que los privados, la ley entrará en vigencia 28 meses después de publicada en el Diario Oficial.

 

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