Suprema reconoce competencia del Tribunal Ambiental

Jul 27, 2016

Juzgado especial conocerá la demanda por derrame de crudo en Quintero.

(Pulso) La Corte Suprema estableció la competencia del Tribunal Ambiental de Santiago para conocer la demanda de reparación por daño ambiental interpuesta por la Municipalidad de Quintero en contra de la empresa Remolcadores Ultratug Limitada y ENAP Refinerías S.A. por los perjuicios causados en la Bahía de Quintero a raíz del derrame de petróleo desde el buque tanque “Mimosa”, en septiembre de 2014.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Manuel Antonio Valderrama y el abogado (i) Jorge Lagos- acogió el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que declaró la incompetencia del tribunal especial para conocer los hechos.

“Sólo cabe concluir que son los tribunales ambientales los competentes para conocer de la acción interpuesta, se revoca la resolución de seis de mayo de dos mil quince, escrita a fojas 156 y en su lugar se declara que la excepción de incompetencia planteada por Remolcadores Ultratug Limitada en su escrito de fojas 69 queda desestimada y, por consiguiente, el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago deberá seguir conociendo de estos autos”, sostuvo la sentencia.

La resolución del máximo tribunal estima que la acción por reparación de daño ambiental debe ser tramitada por los tribunales especializados y que no corresponde aplicar la Ley de Navegación en este tipo de casos.

Magdalena Prieto, del estudio Alvarado Abogados representó a la Municipalidad de Quintero en el alegato ante la Corte Suprema.

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