SEA lanza registro de consultores

Ene 4, 2016

Registro busca hacer más transparente el mercado de trabajo asociado a la elaboración y tramitación de DIA y EIA, proporcionando información a los titulares o proponentes de proyectos que requieren contratar este servicio.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 81 letra f) de la ley N° 19.300, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) informó que tiene entre sus potestades la de “administrar un registro público de consultores certificados para la realización de Declaraciones o Estudios de Impacto Ambiental”.

De acuerdo a lo anterior, a partir del  1 de octubre de 2015, se encuentra vigente el Decreto Supremo N° 78 de 2015, del Ministerio de Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del registro público de consultores certificados para la realización de declaraciones y estudios de impacto ambiental, estableciendo un sistema de registro electrónico.

En la nota publicada por el SEA se detalla que este reglamento regula las siguientes materias:

• Los requisitos que deberá cumplir un Consultor para ser inscrito en el Registro

• Las obligaciones y la regulación sobre conflictos de intereses del Consultor Certificado para desarrollar actividades de Entidad Técnica de Certificación Ambiental o Evaluador de Conformidad Ambiental, reguladas en el decreto supremo Nº 39 del Ministerio del Medio Ambiente, o bien, actividades de Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental o Inspector Ambiental, reguladas en el decreto supremo Nº 38 del mismo Ministerio

• La forma de administración del Registro

• La información contenida en el Registro

Atendido el carácter meramente informativo del Registro, y las disposiciones legales y reglamentarias, el registro de consultores sólo certifica que por haber dado cumplimiento al procedimiento establecido en el Título II del D.S. N° 78 de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, el consultor registrado tiene la calidad de Consultor Certificado y cuenta con una inscripción vigente en el Registro Público de Consultores Certificados.

Conforme a lo anterior, el registro y las certificaciones que se emitan en ningún caso hacen fe de los conocimientos del Consultor Certificado.

Asimismo, la veracidad y actualización de la información contenida en el Registro es de responsabilidad exclusiva del consultor.

Desde el SEA resaltan que este registro representa un paso en hacer más transparente el mercado de trabajo asociado a la elaboración y tramitación de DIA y EIA, proporcionando información a los titulares o proponentes de proyectos que requieren contratar este servicio.

Sus consultas sobre el Registro de Consultores Certificados, puede dirigirlas al correo ayudaconsultores@sea.gob.cl.

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