Las nuevas normas antielusión de la Reforma Tributaria que impactará la contabilidad de las empresas

Abr 17, 2015

Con la implementación de la Reforma Tributaria, son muchos los cambios que preocupan a las empresas las cuales deberán cambiar sus sistemas tradicionales de funcionamiento para estar al día y cumplir con la nueva legislación.

(Pulso) La Reforma Tributaria no deja de ser uno de los temas en el horizonte inmediato de las empresas, y si bien será implementada en totalidad hasta el 2017, son muchos los cambios que trae y que se han ido aplicando de manera gradual.

Es por esto que los contribuyentes buscan la manera de entender las nuevas normas para evitar caer en irregularidades, y es precisamente en este punto donde ingresan los especialistas quienes se han ido adecuando a la demanda. EY, por ejemplo, hace ya un año lanzó al mercado un servicio de outsourcing que se encarga en orientar a las empresas para que eviten “caer” en irregularidades y puedan externalizar su contabilidad con la garantía de que se cumplirá con las normas requeridas.

El socio líder de outsourcing, Carlos Muñoz, explica cómo las contabilidades de las compañías deberán renovarse a partir octubre cuando entre en aplicación el capítulo IV para evitar la evasión y elusión. Aunque estos temas no tienen relación directa con los impuestos ni su aumento, son situaciones que trae la nueva legislación tributaria que podrían producir dudas a las empresas a la hora de hacer negocios o de plantear una arquitectura impositiva.

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Principio de fondo sobre forma o sustento económico

El primer tema que deben enfrentar las empresas, según el experto Carlos Muñoz, tiene que ver con Sustento Económico, que entrará en vigencia a partir del 1 de octubre de este año. Hasta ahora, cuando una compañía decidía realizar una operación bancaria importante o una fusión, bastaba con que los contratos se realizaran de manera adecuada a lo que la ley exigía, sin tener que entregar mayor tipo de antecedentes al Servicio de Impuestos Internos (SII).

El tema es que mediante estas operaciones, que pueden ser contratos grandes, fusiones o divisiones, muchas veces se presentaban practicas elusivas. «Muchas operaciones de fusiones o divisiones de empresas se hacían más con ánimo de obtener una ventaja tributaria que por una razón de negocios propiamente tal», admite Muñoz.

Es por ello que el SII decidió incorporar esta nueva medida, que exige que a partir de octubre de este año, para realizar una operación o fusión, no baste solo con la correcta elaboración del contrato, sino que la decisión se respalde en «un sustento económico» o una razón de fondo de tipo económica, para que el SII no la rechace. Muñoz explica que «esto es algo que las empresas en general no están acostumbradas y que plantea un desafío, porque antes de materializar una operación van a tener que hacer ese chequeo».

Mayor fiscalización del SII de manera remota

Para evitar la elusión de impuestos, la Reforma Tributaria estableció dentro de sus cambios una mayor cantidad de fiscalización y de manera más profunda, para así también llegar a un mayor número de contribuyentes. Es por esto que ahora las fiscalizaciones no se realizarán solamente de manera presencial como ha sido la costumbre: cuando el fiscalizador iba a la empresa y revisaba los documentos contables.

A partir de octubre de este año, el SII empezará a usar una serie de nuevas facultades, entre las que se encuentran la fiscalización remota, lo que quiere decir que los contribuyentes deberán entregarle al Servicio la información contable a distancia. Según el experto «esto plantea desafíos mayores, porque para que eso ocurra el contribuyente deberá proporcionarle a Impuestos Internos las claves de acceso a la contabilidad, los perfiles y los privilegios».

Esto significará también un cambio tecnológico para su implementación.
Ahora, según lo expresado por Carlos Muñoz, la contabilidad deberá estar «a prueba de cualquier fiscalización», ya que para un funcionario del SII era mucho más complejo tener que revisar los libros, las facturas y las boletas de manera presencial. Con la Ley su trabajo será más expedito.

Necesidad de contraloría tributaria interna

Similar al primer punto se encuentra el mayor control y cumplimiento tributario, ya que la esencia de la norma también es para evitar la elusión de impuestos. El SII pondrá principal atención a los instrumentos tributarios de las empresas, pero no solamente a nivel de fusiones o contratos importantes, sino a contratos especiales o documentos tributarios como facturas o boletas.

De esta manera, aquellas asesorías que generalmente se realizaban a una empresa y cuyo monto era irreal, el SII podrá comenzar a fiscalizar. Lo que deberán tener en consideración las empresas es que todas las boletas, facturas y contratos tributarios deben tener relación directa al giro de la empresa; y también comprobar que estos servicios fueron efectivamente prestados por parte de los asesores y que son necesarios por parte de la empresa.

Carlos Muñoz plantea que ahora las empresas deberán implementar departamentos de contraloría tributaria al interior de la empresa, y que «la contraloría no va a estar solamente dedicada a velar por la información financiera, sino que velar por la información y el control tributario». Si bien estas medidas hoy existen, la Reforma Tributaria permitirá aumentar el foco de estos controles, «por lo que los contribuyentes deberán estar más atentos», según Muñoz.

Eliminación del FUT y creación de 6 nuevos libros

Uno de los grandes cambios que trae consigo la implementación de la Reforma Tributaria es el término del libro de Fondo de Utilidades Tributable (FUT), precisamente para cerrar una puerta que según la autoridad permitía la elusión de impuestos.

Si bien esta eliminación se implementará en totalidad en 2017, desde ahora ya existe la posibilidad de acogerse a un impuesto sustitutivo de 32% con el que los contribuyentes tendrán la opción de gravar las utilidades y declarar todo su FUT de una sola vez.

Con la eliminación del FUT, único libro tributario que registra las utilidades hasta el momento, esta Reforma consigna la creación de 6 nuevos libros y registros diferentes que según Muñoz, representan una materia «de alta complejidad técnica» . Señala que probablemente las empresas deberán tener un asesor y conocedor de los temas para que puedan cumplir con las normas, «estamos hablando de todos los libros que registran y que controlan las utilidades de las empresas».

Estos nuevos libros son: Registro de Renta Líquida Imponible; Registro de Rentas Atribuidas por terceros a la empresa; Registro de ventas exentas o no renta; Control de Utilidades financieras por sobre tributarias; Control de Retiros o Dividendos; y Control de Créditos Tributarios.

Nueva «mochila» para los directores y ejecutivos

La Reforma Tributaria plantea nuevos desafíos y responsabilidades tanto para los directores como para los ejecutivos de las empresas, gerentes generales o gerentes de finanzas, ya que hoy deben estar más capacitados en los conocimientos de la regulación tributaria y de lo que la ley exige. Carlos Muñoz advierte: «cuando haya operaciones en que el SII objete gastos u objete operaciones, recalcule impuestos, cuando haya una asesoría que no sea real y está pagada, quien responderá serán el directorio o el Gerente general o sus representantes». Algo inédito hasta ahora.

Comenta que en la legislación actual la información y el cumplimiento tributario descansaban en los ejecutivos de rango menor de la empresa, o en un tercero y no generaba una preocupación principal para los altos cargos y de esta manera delegaban la responsabilidad.
«Si bien tenían que responder de igual manera, ahora la responsabilidad caerá de manera más directa», acota Muñoz. Con la modificación a la Ley de Sociedad Anónima, ahora se exige a los directorios que revisen los temas de contingencia con el SII; tendrán que supervisar todos los tipos de fusiones y transformaciones de sociedades que deben observarse tributariamente. «Por lo que ahora el directorio no sólo debe velar por cifras del balance, sino que también por el cumplimiento tributario, lo que no se daba antes», recalca el experto de EY.

Supervisión a grandes contribuyentes, personas naturales

Si bien la fiscalización a las empresas consideradas grandes contribuyentes no es nueva sino que lleva entre 10 y 15 años de antigüedad, la Reforma Tributaria incluye la implementación de una fiscalización similar pero a personas naturales, lo que representa un nuevo desafío a los altos patrimonio.

Uno de los puntos a considerar será los gastos de vida, para revisar que estos representen la realidad a lo declarado, según lo que expresa Carlos Muñoz, «cuando uno ve los estándares de vida y dice: esta persona no puede vivir con menos de $10 millones mensuales. Por ejemplo, si los gastos del hogar, de los vehículos que están a su nombre, de los colegios y salud fueran $10 millones mensuales y sólo declara de renta $2 millones mensuales, aquí va a saltar inmediatamente el computador y dirá que algo no cuadra, que hay que profundizar».

Otro punto serán las sociedades de inversiones, ya que el SII fiscalizará de manera más exhaustiva que los gastos personales de este tipo de sociedades no incluyan gastos domésticos como supermercado, gastos propios personales como choferes o asesoras del hogar; y, nuevamente que los gastos por asesorías y servicios contratados correspondan al giro de la sociedad de inversiones, para evitar la elusión tributaria. También en este punto se revisara que dentro de la Sociedad no se encuentren bienes de uso personal como casas o autos.

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