Negociación colectiva por rama marca reinicio de debate legislativo de reforma laboral

Mar 3, 2015

Ayer se retomó la discusión del proyecto con las exposiciones de la Sofofa, la CUT, CNC y Conapyme.

(La Tercera) La incorporación de la negociación colectiva por ramas de actividad económica en la reforma laboral acaparó buena parte del debate durante el reinicio del trámite legislativo del proyecto en la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados.

En la jornada expusieron la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Sofofa, la Cámara Nacional de Comercio (CNC) y Conapyme.

Fue la CUT la que al inicio de la sesión enfatizó en la necesidad de incorporar la negociación ramal.

[Sindicalización en empresas grandes es casi siete veces más que en las pequeñas]

Consultado por los parlamentarios durante la sesión, el presidente de la Sofofa, Hermann von Mühlenbrock dijo que la negociación por rama de actividad económica desatiende las distintas realidades que puede haber al interior de las empresas. “Puede haber empresas con tremendas productividades y otras en que ese ítem sea muy bajo, por lo que representan realidades totalmente distintas”.

En la oportunidad, Sofofa propuso además de aumentar la participación femenina y juvenil a través de medidas que aporten al cuidado infantil, flexibilizar el mercado laboral mediante bolsas de horas, la creación de incentivos a la contratación y estudiar un sistema de reemplazo de las indemnizaciones por años de servicio.

Más tarde, el presidente de la CNC, Ricardo Mewes, subrayó la necesidad de avanzar hacia la extensión universal de beneficios de la negociación colectiva. “Si bien los beneficios se obtienen en el marco de una negociación colectiva, la titularidad del derecho pertenece a los trabajadores, individualmente, no al sindicato como lo propone el proyecto de ley.

Informe de Corte Suprema

Un informe del pleno de la Corte Suprema, solicitado por la Cámara de Diputados, plantea una serie de observaciones al proyecto, la mayoría de ellas de procedimiento. Así, plantea la inconveniencia de obligar a los tribunales arbitrales -tanto en arbitrajes voluntarios u obligatorios- a fallar a favor de una de las partes en disputa, lo que afectaría la naturaleza de independencia de los árbitros. También afirma que la facultad de interponer recursos judiciales que paralicen una negociación colectiva en desarrollo, podría ser mal utilizada y afectar el normal desarrollo de los procesos de negociación.

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