Comisión de Minería inició trámite de proyecto que reforma normativa sobre cierre de faenas

Oct 21, 2014

Ignacio Moreno explicó que la modificación que se plantea se aplica solo a las empresas que produzcan entre 10.000 toneladas mensuales de mineral, donde empieza a regir la obligación de garantía financiera, a 250.000 toneladas al mes.

Con la participación del Ejecutivo, de la Sociedad Nacional de Minería (Sonami) y del Consejo Minero, la Comisión de Minería de la Cámara de Diputados inició este lunes la discusión y análisis del proyecto del Gobierno (boletín 9624) que perfecciona la normativa vigente en materia de cierre de faenas.

El ministro (S) de Minería, Ignacio Moreno, quien estuvo acompañado por el director del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), Rodrigo Álvarez, explicó que la propuesta legal modifica disposiciones de la Ley 20.551, que regula el cierre de faenas e instalaciones mineras, con el objeto de perfeccionar la forma de cálculo de la vida útil de los proyectos mineros; determinar la oportunidad para comenzar a constituir la garantía financiera respecto de proyectos de hidrocarburos; e introducir ajustes al procedimiento de evaluación de los proyectos de cierre.

Moreno recalcó que el tema de fondo de la modificación pasa por el concepto de vida útil del proyecto minero. Indicó que hoy, tal como está estipulado en la Ley 20.551, el plan de cierre responde a una definición estricta de las reservas, es decir, aquello que efectivamente se va a explotar, lo que no se condice necesariamente con la vida útil de la mina, en particular en el caso de la mediana minería, donde no se suele hacer una exploración exhaustiva.

«También se indica que para aquellos proyectos cuya vida útil es superior a 20 años el plan de constitución de la garantía es de 15 años, pero para proyectos inferiores a 20 años, como la gran mayoría de los de la mediana minería, los plazos de constitución son dos tercios de la vida útil. En términos concretos significa que, para muchas (empresas) se les obligaría a constituir la garantía financiera en un plazo muy corto, uno, dos o tres años, y algunas de las empresas están en la imposibilidad de poder cumplir con ese requisito», comunicó.

Junto a lo anterior, explicó que la modificación que se plantea se aplica solo a las empresas que produzcan entre 10 mil toneladas mensuales de mineral, donde empieza a regir la obligación de garantía financiera, a 250 mil toneladas al mes, lo que afecta específicamente a 68 proyectos-faenas, que se inscriben dentro de la mediana minería.

La Comisión acordó votar y despachar la propuesta legal el martes 4 de noviembre.

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